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1. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, cual de las siguientes cuestiones no corresponde al orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Ref.:#10944

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2. El artículo 5.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, establece que los órganos de este orden jurisdiccional apreciarán de oficio la falta de jurisdicción y resolverán sobre la misma, previa audiencia de las partes y del Ministerio Fiscal por plazo común de: Ref.:#10947

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3. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, cual de las siguientes cuestiones no corresponde al orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Ref.:#10941

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4. El artículo 6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, establece que el orden jurisdiccional contencioso-administrativo se halla integrado por los determinados órganos. Indica cual no se encuentra entre ellos: Ref.:#10949

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5. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, cual de las siguientes cuestiones no corresponde al orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Ref.:#10942

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6. El artículo 4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, establece que la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo se extiende al conocimiento y decisión de: Ref.:#10945

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7. Indica cual de las siguientes afirmaciones es cierta teniendo en cuenta lo establecido sobre la competencia en el artículo 7 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa: Ref.:#10951

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8. El artículo 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, establece que los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con: Ref.:#10931

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9. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, cual de las siguientes cuestiones es conocida por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Ref.:#10939

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10. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, cual de las siguientes cuestiones es conocida por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Ref.:#10940

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11. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, cual de las siguientes cuestiones es conocida por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Ref.:#10936

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12. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, cual de las siguientes entidades no tiene la consideración de Administración Pública: Ref.:#10935

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13. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, cual de las siguientes cuestiones es conocida por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Ref.:#10938

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14. El artículo 6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, establece que el orden jurisdiccional contencioso-administrativo se halla integrado por los determinados órganos. Indica cual no se encuentra entre ellos: Ref.:#10948

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15. Indica cual de las siguientes afirmaciones es cierta teniendo en cuenta lo establecido sobre la competencia en el artículo 7 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa: Ref.:#10950

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16. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, cual de las siguientes cuestiones no corresponde al orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Ref.:#10943

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17. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, cual de las siguientes cuestiones es conocida por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Ref.:#10937

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18. El artículo 4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que se entiende por Administración Pública, establece que la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo se extiende al conocimiento y decisión de las cuestiones prejudiciales e incidentales no pertenecientes al orden administrativo, directamente relacionadas con un recurso contencioso-administrativo. Las decisiones que se pronuncien: Ref.:#10946

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19. El artículo 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, establece que los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con: Ref.:#10932

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20. El artículo 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, establece que los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con: Ref.:#10933

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21. El artículo 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, establece que los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con: Ref.:#10934

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