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1. Según el artículo 6.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, la elaboración de los planes de ordenación de recursos humanos irá precedida de: Ref.:#13162

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2. El artículo 7.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que los planes de ordenación de recursos humanos contendrán determinadas medidas. Ref.:#13168

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3. El artículo 5.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que a efectos del mismo, son instrumentos de planificación del empleo público: Ref.:#13160

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4. El artículo 10.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que en las ofertas de empleo público se reservará para la promoción interna un mínimo del: Ref.:#13180

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5. El artículo 8.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que la competencia para realizar el diagnóstico de la situación inicial necesaria par la aprobación de los planes de ordenación de recursos humanos, corresponde a: Ref.:#13174

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6. Indica cual de las siguientes afirmaciones es cierta teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 9.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, sobre los planes de ordenación de recursos humanos con vigencia indefinida: Ref.:#13177

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7. Señala, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, cual de los siguientes elementos NO forman parte de los planes de ordenación de recursos humanos: Ref.:#13163

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8. El artículo 10.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que en las ofertas de empleo público la reserva de plazas para promoción interna podrá alcanzar, previa determinación por de los planes de ordenación de recursos humanos, un máximo de: Ref.:#13181

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9. Indica, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 6.1 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, cual es el instrumento básico de planificación de los recursos humanos: Ref.:#13161

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10. Señala, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, cual de los siguientes elementos NO forman parte de los planes de ordenación de recursos humanos: Ref.:#13164

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11. El artículo 11.3 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que en caso de no cubrirse las plazas reservadas para el turno de discapacidad en las Ofertas de Empleo Público: Ref.:#13188

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12. El artículo 10.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que la oferta de empleo público deberá contener, como mínimo, determinados elementos. Indica cual no se encuentra entre ellos.. Ref.:#13179

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13. El artículo 12.3 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que el apoyo administrativo especializado a prestar en materia de inclusión del personal con discapacidad respecto de los servicios períféricos y centrales en provincias diferentes a Sevilla, se prestará por Ref.:#13193

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14. El artículo 7.4 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que los planes de ordenación de recursos humanos incluirán actuaciones referidas: Ref.:#13170

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15. El artículo 7.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que los planes de ordenación de recursos humanos contendrán determinadas medidas. Indica cual no se encuentra entre ellas: Ref.:#13166

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16. El artículo 7.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que los planes de ordenación de recursos humanos contendrán determinadas medidas. Indica cual no se encuentra entre ellas: Ref.:#13167

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17. El artículo 11.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que en las ofertas de empleo público: Ref.:#13187

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18. El artículo 10.4 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que la oferta de empleo público será aprobada: Ref.:#13184

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19. Indica cual de las siguientes afirmaciones es cierta teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 9.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, sobre los planes de ordenación de recursos humanos con vigencia indefinida: Ref.:#13176

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20. El artículo 10.3 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que convocar ofertas para el ingreso de nuevo personal : Ref.:#13182

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21. Señala, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 12.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, a quién le corresponde prestar el apoyo administrativo especializado que precise en materia de inclusión del personal con discapacidad, así como velar por la plena incorporación y desarrollo profesional de dicho personal en su ámbito laboral: Ref.:#13191

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22. El artículo 10 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que serán objeto de oferta de empleo público: Ref.:#13178

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23. El artículo 8.1 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que cuando los planes de ordenación de recursos humanos afecten al régimen retributivo, serán aprobador por: Ref.:#13172

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24. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, donde se constituirá una unidad administrativa de inclusión del personal con discapacidad: Ref.:#13190

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25. El artículo 7.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que los planes de ordenación de recursos humanos contendrán medidas de simplificación y agilización de los procedimientos de selección y provisión que garanticen: Ref.:#13169

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26. El artículo 9.1 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que los planes de ordenación de recursos humanos: Ref.:#13175

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27. Indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, a quién le corresponde dentro de los límites presupuestarios, previa negociación colectiva en los ámbitos que correspondan en función de los colectivos a que afecten, aprobar los planes de ordenación de recursos humanos: Ref.:#13171

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28. El artículo 12.3 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que el apoyo administrativo especializado a prestar en materia de inclusión del personal con discapacidad respecto de los servicios centrales en la provincia de Sevilla, se prestará por: Ref.:#13192

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29. Indica cual de las siguientes afirmaciones es cierta teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 11 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, sobre la reserva para personas con discapacidad Ref.:#13185

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30. El artículo 8.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que las funciones de impulso, coordinación y ejecución de los estudios, proyectos y directrices necesarios para el cumplimiento de las medidas incluidas en los planes de ordenación de recursos humanos, corresponde a: Ref.:#13173

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31. El artículo 11.3 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que en caso de no cubrirse las plazas reservadas para el turno de discapacidad en las Ofertas de Empleo Público, estas se acumularán a posteriores ofertas hasta el límite que así se determine en la legislación en materia de discapacidad. No obstante ¿Qué ocurre con las plazas restantes no cubiertas del cupo de discapacidad? Ref.:#13189

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32. El artículo 7 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que en el sistema de seguimiento y evaluación de los planes de ordenación de recursos humanos, se deberá garantizar, además de la evaluación final: Ref.:#13165

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33. El artículo 11.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que en las ofertas de empleo público se establecerán convocatorias independientes de procedimientos selectivos para el acceso de personas con determinadas discapacidades, entre ellas la discapacidad intelectual, que, por su naturaleza, requieran de una convocatoria independiente, con bases diferenciadas, para hacer efectivos los principios de: Ref.:#13186

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34. El artículo 10.4 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, establece que la oferta de empleo público será aprobada: Ref.:#13183

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