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1. De conformidad con lo establecido en el artículo 4.2 del Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, a fin de facilitar el conocimiento y la correcta aplicación del Manual de Diseño Gráfico y sus actualizaciones estarán disponibles: Ref.:#356

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2. Indica, según lo establecido en el Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, cual de las siguientes Marcas no está reconocida en el mismo: Ref.:#361

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3. La introducción del Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que las bases de la identidad corporativa son: Ref.:#362

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4. La disposición transitoria única del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la adecuación al Manual de Diseño Gráfico de las señalizaciones interiores deberán realizarse: Ref.:#360

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5. El Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la base de la marca institucional, que representa el carácter histórico de Andalucía es: Ref.:#366

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6. El Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que los símbolos del mismo son: Ref.:#363

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7. La disposición transitoria única del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la adecuación al Manual de Diseño Gráfico de las publicaciones y la presencia en los medios de comunicación deberá hacerse: Ref.:#358

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8. La disposición transitoria única del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la adecuación al Manual de Diseño Gráfico de las señalizaciones exteriores deberá realizarse: Ref.:#359

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9. El Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la esencia de la marca genérica, que identifica la cara más visible y cotidiana de la Junta de Andalucía es: Ref.:#367

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10. Según el Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, el uso de Source Sans Pro: Ref.:#371

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11. Entre las modificaciones del escudo simplificado aprobado por el Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía no se encuentra: Ref.:#368

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12. El Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece en su artículo único que el mismo será de obligado cumplimiento para: (Indica la incorrecta) Ref.:#353

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13. Indica cual de las siguientes afirmaciones es cierta respecto a la “Marca Institucional” teniendo en cuenta lo establecido en el Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, sobre la Marca Institucional: Ref.:#377

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14. Según el Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, los matices admitidos en los colores corporativos son: Ref.:#373

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15. El Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la tipología compatible para el uso común es: Ref.:#369

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16. El Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, contiene una paleta de colores ampliada creada con el objetivo de facilitar la expresión de la identidad corporativa en diferentes sistemas y entornos. Indica cual de los siguientes colores no forma parte de la misma: Ref.:#374

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17. El Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, la tipografía reservada exclusivamente a documentos editables de uso compartido, en los que se prevé que el dispositivo de sistema puede no disponer de la tipografía corporativa, como notas de prensa enviadas en formato editable es: Ref.:#370

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18. De conformidad con lo establecido en el Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, indica cual de los siguientes colores no forma parte de la paleta principal de colores de la identidad corporativa: Ref.:#365

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19. Según el Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, a la leyenda “Junta de Andalucía” de la Marca Institucional se le aplica la tipografía: Ref.:#376

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20. El Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece en su artículo único que el mismo será de obligado cumplimiento para: Ref.:#354

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21. De conformidad con lo establecido en el Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, la Marca Institucional se compone de: Ref.:#375

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22. El Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía establece, respecto al uso del color en aplicaciones impresas: Ref.:#372

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23. El Anexo I del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la familia tipográfica que se utiliza en los nombres, los descriptores y el uso común de la identidad visual es: Ref.:#364

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24. La disposición transitoria única del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la adecuación al Manual de Diseño Gráfico de la papelería y en la presencia en entornos digitales y multimedia deberá hacerse efectiva: Ref.:#357

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25. Según lo dispuesto en el artículo único del Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía,, las adaptaciones y actualizaciones del Manual de Diseño Gráfico que no supongan cambios sustanciales serán aprobadas: Ref.:#355

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